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Esta propuesta ha sido aceptada porque:

Se considerará y valorará la inclusión en la Ordenanza a redactar de las llamadas "prestaciones forzosas" a cargo de los prestadores de servicios funerarios autorizados en el municipio.

Los servicios de Beneficencia y Subvencionados

Avatar: Anonymized User 113 Anonymized User 113 Aceptada
La Ley lo dice bien claro, los servicios de Beneficencia y subvencionados, hay que darlos, no solo para el que no tiene, sino para el que pasa dificultades. Que comprendan los usos y costumbres locales. En los servicios subvencionados, son para los que pasan dificultades y vienen reducidas las tarifas, Gavá no ha dado ninguno y los ciudadadanos tienen derecho, lo dice la ley 2/1997
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